México DF – De acuerdo con lo mencionado por el director general del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) se apoyará a quienes hayan visto una redacción en su salario debido a la emergencia sanitaria del COVID-19 de esta manera evitar que las personas entren en atraso con el pago de su hipoteca.
Consecuencias de la emergencia por el covid-19
Debido a la emergencia mundial provocada por el COVID-19 muchas empresas han entrado en paro técnico, esto debido a la cuarentena obligatoria que afecta la economía nacional.
Para quienes tienen un crédito con el Infonavit esto afecta fuertemente la economía de dichos acreditados ya que al recibir un menor salario y si se cobra la mensualidad habitual provocaría que el acreditado reciba cero ganancias ya que el rebajo se hace desde la nomina. Es por esa razón que, el Infonavit lanza una reducción de pagos a todos sus acreditados que se hayan visto afectados en reducción de salario.
Créditos a la palabra para reactivar la economía | 1 de mayo de 2020#UnidosSaldremosAdelante https://t.co/pc2UKWtwsT
— Gobierno de México (@GobiernoMX) May 1, 2020
Carlos Martínez explicó que los trabajadores empleados en empresas que están en paro técnico serán apoyados de las siguientes formas:
- Se podrán reducir los pagos mensuales del crédito entre un 25 y 50 por ciento.
- Se podrá recibir una prórroga de tres meses sin intereses en el pago del crédito Infonavit si el salario base del trabajador disminuyó más de 50%.
Para tramitar el apoyo, el empleador deberá presentar lo siguiente:
- Copia del acuse de la solicitud de suspensión de labores presentada ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente.
- Si no se cuenta con lo anterior, se deberá presentar el acuerdo celebrado entre el sindicato y la administración de la empresa.
- Si no existe sindicato en la empresa, se deberá presentar un acuerdo firmado con los trabajadores que fueron afectados.
En el caso de las pequeñas y medianas empresas, el Infonavit las apoyará con el diferimiento en el pago de aportaciones de los no acreditados:
- Pymes de hasta 250 trabajadores: diferimiento en 2 bimestres
- Pymes de más de 250 trabajadores: diferimiento en 1 bimestre
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